Se cuestiona la legalidad de la huelga general convocada en Cataluña el pasado 8-11-17 por el sindicato Intersindical CSC.
Se trata de una huelga mixta, que tiene unos motivos políticos (situación política en Cataluña, aplicación de la Const art.155 y cese del Govern de la Generalitat y dictado del RD 15/2017), pero que están relacionados con otros claramente laborales (reducción de costes salariales y empobrecimiento, crisis económica y reforma laboral, políticas de salida de la crisis, la gran cantidad de personas trabajadoras que no pueden vivir de su salario y fuga de empresas).
El TSJ de Cataluña concluye que la huelga es lícita porque no existe prueba de que la huelga fuera convocada con una finalidad exclusivamente política amparada en unos falsos motivos laborales, sino que consta la convocatoria de una huelga mixta, lo cual entra dentro del derecho fundamental de huelga.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios