Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Gipuzkoa: Aprobación de los modelos del IRPF y del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas

Se han aprobado en este territorio los modelos, modalidades y formas de presentación de las autoliquidaciones de IRPF e Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas, modelos 109 y 714, para el período impositivo 2015.
Los principales puntos a destacar respecto al IRPF son los siguientes:
1) Sistemas y plazos de presentación: son los siguientes:
a. Propuesta de autoliquidación: el plazo para mostrar conformidad a la propuesta es el comprendido entre el 11-4-2016 y el 25-6-2016, ambos inclusive.
b. Mecanizada e Internet: el plazo de presentación de la autoliquidación en estas modalidades es el comprendido entre el 18-4-2016 y el 25-6-2016, ambos inclusive.
2) Lugar de presentación: la presentación de las autoliquidaciones que se realicen en la modalidad mecanizada se ha de efectuar en las Oficinas del Departamento de Hacienda y Finanzas establecidas en la OF Gipuzkoa 190/2016 art.5. Las solicitudes de la cita previa para la presentación de la autoliquidación por esta modalidad podrán realizarse desde el 15-4-2016 hasta el 6-6-2016.
3) Forma y plazos de ingreso y devolución de las cuotas: el ingreso de la cuota diferencial de la autoliquidación del IRPF se efectúa:
a) Con carácter general, mediante domiciliación bancaria, con cargo a una cuenta de titularidad del contribuyente abierta en la entidad de crédito que se indique en la autoliquidación. A estos efectos, ha de hacerse constar el IBAN que identifique la cuenta a la que debe cargarse el pago de la deuda tributaria. Además, en la autoliquidación se debe consignar la opción de pago único o fraccionado en dos pagos.
El cargo en la cuenta de domiciliación de la totalidad de la deuda o, en su caso, del primer pago fraccionado, se efectuará el 30-6-2016, y el del segundo plazo del fraccionamiento, el 10-11-2016.
b) A través de la Pasarela de Pagos, con arreglo al procedimiento previsto en la OF Gipuzkoa 1074/2008. Pueden optar por esta forma de pago los contribuyentes que hayan presentado la autoliquidación en la modalidad Internet, empleando clave operativa o firma electrónica reconocida. En este caso, el ingreso debe efectuarse antes del vencimiento de los plazos citados en la letra a).
Además, sin perjuicio de la posible utilización de la Pasarela de Pagos, al presentar las autoliquidaciones es obligatorio cumplimentar los datos de la cuenta de domiciliación bancaria.
c) Mediante carta de pago. El ejercicio de la opción por esta forma de pago y la obtención de la carta o cartas de pago (según cuál sea la forma de pago, único o fraccionado) puede realizarse:
– mediante la personación del contribuyente o de su representante en cualquier oficina de atención ciudadana del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación de Gipuzkoa o en la Oficina Gestora del impuesto;
– por Internet; o
– al presentar la autoliquidación si se presenta en la modalidad mecanizada.
En todo caso, el ingreso debe efectuarse antes del vencimiento de los plazos citados en la letra a).
La falta de ingreso en el plazo establecido, determina su recaudación en vía ejecutiva. En cuanto a la devolución de la cuota diferencial de la autoliquidación del IRPF, ésta debe realizarse en la cuenta titularidad del contribuyente que, a tal efecto, indique en la autoliquidación.
Respecto al Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas han de tenerse en cuenta las siguientes reglas:
a) Forma de presentación: el modelo 714 ha de presentarse exclusivamente por Internet.
b) Plazo de presentación: entre el 18-4-2016 y el 25-6-2016, ambos inclusive.
c) Forma y plazo de ingreso de las cuotas: son las siguientes:
– con carácter general, mediante domiciliación bancaria, con cargo a una cuenta de titularidad del contribuyente abierta en la entidad de crédito que se indique en la autoliquidación. A estos efectos, ha de hacerse constar el IBAN que identifique la cuenta a la que debe cargarse el pago de la deuda tributaria. El cargo en la cuenta de domiciliación de la deuda tributaria se efectuará el 30-6-2016;
– a través de la Pasarela de Pagos, con arreglo al procedimiento previsto en la OF Gipuzkoa 1074/2008. En este caso, el ingreso debe efectuarse antes del 30-6-2016. Además, sin perjuicio de utilizar este sistema, al presentar la autoliquidación es obligatorio cumplimentar los datos de la cuenta de domiciliación bancaria.
Sin perjuicio de la posible utilización de la Pasarela de Pagos, al presentar las autoliquidaciones es obligatorio cumplimentar los datos de la cuenta de domiciliación bancaria;
– mediante carta de pago. La opción por esta forma de pago ha de ejercitarse una vez transmitida válidamente la autoliquidación. El ejercicio de la opción y la obtención de la carta de pago puede realizarse por Internet o mediante la personación del contribuyente o de su representante en cualquiera de las oficinas de atención ciudadana del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa o en la Oficina Gestora del Impuesto. El ingreso se debe efectuar antes del 30-6-2016.
La falta de ingreso en el plazo establecido determina su recaudación en vía ejecutiva.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).