Con efectos desde 17-10-2018, se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la adquisición de vivienda previstas en el Plan estatal de vivienda 2018-2021 (RD 106/2018) y se convocan estas ayudas para 2018.
• El procedimiento de tramitación es el de concurrencia no competitiva de la L Galicia 9/2007 art.19.2, estableciéndose las bases reguladoras del mismo:
– requisitos que han de cumplir los beneficiarios de las ayudas;
– cuantía de las ayudas y cómputo de los ingresos para acceder a ellas;
– solicitudes, documentación complementaria necesaria para la tramitación y forma de presentación de la misma;
– comprobación de datos;
– órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento;
– procedimiento de concesión y requerimientos de enmienda;
– trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes;
– resolución, recursos y modificación de la resolución;
– causas de denegación;
– justificación, pago de la subvención y cesión del derecho de cobro de la misma;
– obligaciones de los beneficiarios;
– pérdida y reintegro de la subvención;
– incompatibilidad con otras ayudas; y
– notificaciones.
• Respecto a la convocatoria de las ayudas, se establece:
– el plazo de presentación de solicitudes;
– el crédito presupuestario;
– el régimen de viviendas adquiridas a partir de 1-1-2018;
– el plazo para la justificación de las ayudas;
– datos fiscales y valor del IPREM para la concesión de las ayudas; y
– la información básica sobre protección de datos de carácter personal.
Actualidad jurídica
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