Se establecen las bases reguladoras de los siguientes programas de ayudas regulados en el Plan estatal (prorrogado por un año por RD 637/2016):
– programa de ayuda al alquiler de vivienda;
– programa de fomento de la rehabilitación edificatoria;
– programa de apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios.
Las ayudas al alquiler tienen por objeto posibilitar que los sectores de población con escasos medios económicos puedan acceder y permanecer en una vivienda en régimen de alquiler.
Para ser beneficiario, aparte del cumplimiento de otros requisitos, se establece un límite de ingresos de la unidad de convivencia que parte de una vez el IPREM, si la unidad de convivencia está formada por una sola persona adulta, y se incrementa en función del número de personas que compongan dicha unidad.
También se establece, entre otras condiciones, que la renta mensual de la vivienda debe ser igual o inferior a 525 euros (zona A), 425 euros (zona B), y 350 euros (zona C).
El importe de la subvención es el 40% de la renta anual que deban satisfacer los beneficiarios, con un límite máximo anual de 2.400 euros.
El programa de fomento de la rehabilitación edificatoria tiene por objeto la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, y en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios de tipología residencial colectiva.
Por último, el programa de apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios está orientado a impulsar la implantación y generalización de un informe de evaluación de los edificios que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética, y estado de conservación de los mismos, mediante una subvención que cubra parte de los gastos derivados de los honorarios profesionales exigidos por su emisión.
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