A partir de 1-1-2019 el cómputo de los plazos para advertir a la Administración competente para que presente la hoja de aprecio correspondiente y para que se dirija al jurado provincial de expropiación para fijar el precio justo de acuerdo a la LUVA art.104.1 y 104.2 queda suspendido hasta 31-12-2020.
La suspensión de plazo no afecta a las reservas de aprovechamiento ni a ningún caso en que la Administración ya haya obtenido y ocupado los terrenos.
Actualidad jurídica
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