La regulación de la apertura de los establecimientos comerciales es objeto de reforma, imponiéndose un nuevo requisito previo a la concesión de la licencia municipal.
Se establece que, para toda implantación o ampliación de un gran establecimiento comercial, el ayuntamiento correspondiente ha de solicitar al órgano competente en materia de comercio de la Administración autonómica vasca, la emisión de un informe sobre la adecuación de la actividad proyectada a los criterios establecidos en el plan territorial sectorial de equipamientos comerciales.
Este informe ha de emitirse en el plazo de dos meses desde que se presente la solicitud.
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