Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Eliminación de beneficios fiscales en La Rioja en el ISD

Con efectos desde el 2-1-2018, se eliminan las deducciones aplicables hasta la fecha en el caso de donaciones realizadas en el territorio de La Rioja, que eran las que se relacionan a continuación:
– donaciones de dinero de padres a hijos para la adquisición de la vivienda habitual en La Rioja;
– donaciones de padres a hijos de vivienda que vaya a constituir su vivienda habitual;
– donaciones dinerarias de padres a hijos por creaciones de nuevas empresas y promoción de empleo y autoempleo.
En consecuencia, a partir de dicha fecha, en el caso de adquisiciones inter vivos formalizadas en documento público solo se reconoce una deducción de la cuota tributaria, aplicable por los sujetos del Grupo I y II de parentesco, en los siguientes porcentajes:
– si la base liquidable es inferior o igual a 500.000 euros: 99%;
– si la base liquidable es superior a 500.000 euros: 98%.
Si las donaciones o cualquier otra transmisión inter vivos equiparables fueran realizadas de manera sucesiva, a fectos de determinación del porcentaje aplicable, se aplican los criterios de la acumulación de donaciones recogidos en la LISD art.30 (8880 s. Memento Fiscal 2017).
Por último, si la donación fuese realizada en metálico o en cualquiera de los bienes o derechos previstos en la LIP art.12 (3041 Memento Fiscal 2017), la deducción solo es aplicable si fuese justificado el origen de los fondos, siempre que además se mencione en el documento público de transmisión en que se formalice.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).