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Tienen la consideración de inembargables, a los efectos de la LEC art.606, las ayudas previstas tanto en este RDL, como en los RDL 6/2024 y RDL 7/2024, así como las que se hayan concedido o se concedan entre el 28-10-2024 y el 4-11-2024 por cualquier Administración o entidad pública cuyo objeto sea paliar los daños causados por la DANA en los municipios incluidos en el RDL 6/2024 Anexo.Adicionalmente, se declaran asimismo inembargables las ayudas previstas en el RDL 8/2024 a los efectos de la LGT art.169.5, por lo que, igualmente, todas las ayudas previstas en los RDL 6/2024, RDL 7/2024 y RDL 8/2024 son inembargables a estos efectos.RDL 8/2024 art.30 y disp.adic.5ª, BOE 29-11-24
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