Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Devolución del exceso de cotización a la Seguridad Social

Una sociedad solicita en noviembre de 2015 a la Tesorería General de la Seguridad la devolución del exceso de cotización realizado entre octubre de 2011 y septiembre de 2015 (ejercicios no prescritos) por accidentes de trabajo. En 2016 se da la razón a la sociedad y se efectúa el acuerdo de devolución. Desea saber, a efectos del IS, a qué año corresponde efectuar la imputación de dicho exceso.
Dado que la normativa del IS no contiene una regla especial para la imputación de este tipo de gastos, hay que acudir a la normativa contable. En este sentido, el PGC contiene una cuenta para el registro del importe de los reintegros de impuestos exigibles por la empresa como consecuencia de pagos indebidamente realizados, excluidos los que hubieran sido cargados en cuentas del activo no corriente (PGC cuenta 636 «Devolución de impuestos»). Esta cuenta se abona cuando sean exigibles las devoluciones, con cargo a la cuenta 4709 «Hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos».
Por tanto, la devolución del exceso de cotización, registrado como gasto y deducido fiscalmente, debe imputarse como ingreso en la base imponible del período impositivo en que se reconoce el derecho a su devolución.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).