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Desde el 24-12-2020, cuando se solicite fuera de plazo reglamentario una variación de los datos aportados con anterioridad o una corrección de los mismos, tanto de empresarios como de trabajadores, y proceda la devolución de las cuotas ingresadas, únicamente se tiene derecho al reintegro del importe que corresponda a las 3 mensualidades anteriores a la fecha de la solicitudLGSS disp.adic.31ª redacc RDL 35/2020 disp.final 3ª, BOE 23-12-20
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