Con fecha 18-12-2018, fue publicado en el BOE el RDL 21/2018, en virtud del cual se establecían medidas en materia de vivienda y alquiler y, en el caso concreto del ITP y AJD, se recogía, con efectos a partir del 19-12-2018, una nueva exención aplicable a los arrendamientos de viviendas para uso estable y permanente, en los términos previstos en la LAU art.2. No obstante, dado que en virtud de lo previsto en la CE art.86.2, no ha sido convalidado dicho RDL por el Pleno del Congreso de los Diputados, este ha quedado derogado, tal y como se recoge en el Acuerdo de derogación del Consejo de Ministros de fecha 22-1-2019.
Conforme se señala en la propia web del BOE, la fecha de derogación del RDL 21/2018 es el día 24-1-2019, por lo que entendemos que a partir de la citada fecha la normativa aplicable es la vigente con anterioridad al 19-12-2018.
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