Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Cotizaciones ficticias por parto, posterior a 1967, a efectos de causar las pensiones del SOVI

La cuestión que ha de resolverse en el presente recurso consiste en determinar si han de ser computables para reunir los 1.800 días de carencia exigidos para causar una pensión de vejez del régimen del SOVI, los 112 días por cada parto de un solo hijo (LGSS disp.adic.44ª) cuando esos hijos han nacido después del 1-1-1967, esto es, cuando el SOVI se había extinguido.
Partiendo de la naturaleza residual del SOVI y manteniendo la interpretación amplia de la previsión normativa de computar los períodos de cotización asimilada por parto de 112 días por cada parto de un solo hijo, introducida por la normativa reguladora la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LO 3/2007), de dimensión transversal, que permita la consecuencia de su objetivo (la efectiva igualdad), por más que se trate de una norma de Seguridad Social, no se pude excluir de su aplicación a quienes estuvieron integradas en el SOVI.
Por tanto, el criterio para acudir a la suma de los 112 días ficticios es el de la fecha en que se cause la prestación y no la de la vigencia del régimen en que se cause; pero ello no significa que hayan de reconocerse también en los partos posteriores al 1-1-1.967. Por el contrario, esas cotizaciones ficticias sí podrían ser efectivas -salvo que se hubiese cotizado en la totalidad del periodo de 16 semanas- en el Régimen General de la Seguridad Social, vigente desde la repetida fecha de 1-1-1.967, precisamente porque los partos tuvieron lugar en años posteriores a ese momento.

NOTA
Reitera doctrina: TS 14-12-11, EDJ 337704; 23-1-12, EDJ 19269

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).