Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Cotización de empleados de hogar durante 2015

1) Las bases de cotización por contingencias comunes, en función de la retribución mensual incrementada con la proporción de pagas extraordinarias, son durante 2015 las siguientes:

Tramo
Retribución mensual
Base de cotización

Hasta 172,91 €/mes
148,60 €/mes

Desde 172,92 €/mes hasta 270,10 €/mes
245,84 €/mes

Desde 270,11 €/mes hasta 367,40 €/mes
343,10 €/mes

Desde 367,41 €/mes hasta 464,70 €/mes
440,36 €/mes

Desde 464,71 €/mes hasta 561,90 €/mes
537,63 €/mes

Desde 561,91 €/mes hasta 658,40 €/mes
634,89 €/mes

Desde 658,41 €/mes hasta 756,60 €/mes
756,60 €/mes

Desde 756,61 €/mes
794,60 €/mes

2) El tipo de cotización por contingencias comunes, durante 2015, es del 24,70% (20,60% a cargo del empleador; 4,10% a cargo del empleado) (23,80% el año anterior).
Para la cotización por contingencias profesionales, sobre la base de cotización anterior, se aplica el tipo de cotización previsto en la tarifa de primas (L 42/2006 disp.adic.4ª), siendo la cuota resultante a cargo exclusivo del empleador.
Si bien, durante el ejercicio de 2015 se aplica una reducción, del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, a los empleadores que hayan contratado, bajo cualquier modalidad contractual, y dado de alta en el Régimen General a un empleado de hogar a partir del 1-1-2012, siempre y cuando el empleado no hubiera figurado en alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar a tiempo completo, para el mismo empleador, dentro del período comprendido entre el 2-8-2011 y 31-12-2011. Esta reducción se puede ampliar con una bonificación hasta llegar al 45% para familias numerosas.
Si bien, la reducción y la bonificación señaladas, no son de aplicación en los supuestos en que los empleados de hogar que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador asuman el cumplimiento de las obligaciones en materia de encuadramiento, cotización y recaudación en dicho sistema especial.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).