Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Convenio aplicable en caso de transmisión de empresa

Una empresa que adquirió diversos establecimientos de otra, se subrogó en la totalidad de su plantilla que pasó a integrarse en la de la compradora con las mismas condiciones laborales que venía manteniendo. En cada una de ellas rige un convenio colectivo diferente pero a los nuevos trabajadores contratados se les aplica el convenio de la adquirida.
Frente a esta situación una representación sindical instó conflicto colectivo solicitando que se aplicase a todos los trabajadores el convenio colectivo de la empresa adquirente. El Tribunal Supremo, estimando en parte la demanda, resuelve:
a) Para determinar el convenio aplicable a una empresa deben tenerse en cuenta, entre otros elementos, el objeto de la misma, el ámbito funcional del convenio al que se pretende la adscripción, y la actividad preponderante de la empresa.
b) En este caso concreto, hay que diferenciar, además, entre dos grupos de trabajadores:
– para los contratados después de la subrogación, el convenio aplicable debe ser el de la empresa adquirente, por las razones señaladas;
– para los trabajadores procedentes de la empresa abosorbida, debe tenerse en cuenta, que salvo pacto en contrario, establecido una vez consumada la sucesión , se mantiene el convenio de origen hasta su expiración o hasta la entrada en vigor de otro nuevo aplicable a la unidad económica transmitida.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).