La cartera común de servicios de prestación ortoprotésica comprende:
1. Los implantes quirúrgicos, que forman parte de la cartera común básica de servicios asistenciales, en la que también se incluyen las ortoprótesis externas de uso en pacientes ingresados.
2. Las ortoprótesis externas de dispensación ambulatoria, que son integrantes de la cartera común suplementaria. Están constituidas por las prótesis externas, las sillas de ruedas, las ortesis y las ortoprótesis especiales.
La nueva orden, que entrará en vigor el 1-7-2019, en lo referente a la prestación ortoprotésica suplementaria:
1. Actualiza el catálogo común de sillas de ruedas, ortesis y ortoprótesis especiales (RD 1030/2006 anexo VI redacc OM SCB/45/2019 anexo I).
2. Fija los importes máximos de financiación de cada tipo de producto cuando se dispensan a usuarios del SNS.
3. Establece los coeficientes de corrección que permiten calcular los precios de Oferta para determinar el precio final de facturación definitiva de los productos ortoprotésicos a los responsables de prestación ortoprotésica, tanto cuando se abonan directamente a los establecimientos dispensadores, como cuando se reintegra el correspondiente gasto a los usuarios.
4. Regula el procedimiento de inclusión, alteración de las condiciones de uso y exclusión de la Oferta de productos ortoprotésicos del SNS para las ortoprótesis externas.
Actualidad jurídica
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