Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Comprobación de valores de inmuebles y puestos de amarre en Baleares (RF 43/20 20 de Octubre de 2020 al 26 de Octubre de 2020)

5 
A efectos del ITP y AJD e ISD, se han aprobado los nuevos criterios a considerar por los órganos competentes de la Agencia Tributaria de Illes Balears para la comprobación del valor de los bienes inmuebles y puertos de amarre de los puertos deportivos situados en el territorio de esta comunidad autónoma.Con base en estos criterios y reglas de valoración, los contribuyentes pueden consignar en sus declaraciones correspondientes a dichos impuestos unos valores que, en principio, van a ser admitidos como válidos.Instr Baleares 1/2020EDL 2020/32934, BOIB 24-10-20NOTAEn el punto 8 de la cita Instrucción, relativo a los efectos, se recoge “Esta Instrucción sustituye a la Instrucción 2/2018, de 18 de junio (publicada en el BOIB núm. 78 de 26 de junio de 2018), y despliega efectos desde el día 1 de enero de 2019”. Queremos advertir que con posteridad a la referida Instrucción fue aprobada la Instr Baleares 1/2019EDL 2019/34524, por lo que entendemos que debido a un error, es esta última la que viene a ser sustituida por la presente Instrucción.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).