Se cuestiona el elemento temporal de un siniestro que sufre un trabajador regresando a su domicilio después del trabajo tras un pequeño desvío para dejar a 2 compañeros.
La Sala entiende que todo accidente debe interpretarse ampliamente, en cuanto a justificados desvíos y paradas. Y aunque haya transcurrido 1 hora desde la salida hasta el accidente, ese periodo de tiempo siempre ha estado dedicado a volver a casa desde el trabajo, previo traslado de sus compañeros. El TS dice que aunque empleara un poco de tiempo en la despedida o charla con los compañeros eso no rompe la conexión causal y, por tanto, ese periodo de tiempo es parte del viaje y el accidente debe ser calificado como in itinere.
A tal conclusión llega aplicando la simultánea concurrencia de las circunstancias exigidas para calificar un accidente como laboral in itinere: el elemento teleológico, geográfico, idoneidad del medio y cronológico, sin exigir una milimétrica coincidencia de factores sobre tipo de vehículo o duración del desplazamiento.
Actualidad jurídica
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