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Carreteras. Galicia

La línea límite de edificación está situada a ambas orillas de la carretera, con un trazado que discurre paralelo a las líneas exteriores de delimitación de las calzadas a una distancia, medida horizontal y octogonalmente a aquellas, de:
• 50 m en el caso de autopistas, autovías y vías para automóviles.
•15 m en el caso de carreteras convencionales. Si una administración tiene aprobado el catálogo de su red y en el mismo se categorizan funcionalmente las carreteras en red estructurante, red complementaria y red local, la línea límite de edificación se sitúa a 15 m en el caso de las carreteras de la red estructurante y de la red complementaria y a 7 m para las carreteras de la red local.
• En los elementos funcionales de la carretera, la línea de edificación se sitúa a 7 m de la línea exterior de delimitación de la calzada del elemento funcional; pero si la línea límite de edificación del elemento funcional queda incluida dentro de la línea límite de edificación establecida por la propia carretera, esta es la que debe prevalecer.

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