En el marco del Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de la Vivienda para el año 2018, se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la rehabilitación para la mejora de la accesibilidad y la conservación y modernización de las instalaciones interiores de las viviendas.
El objeto de estas subvenciones es la rehabilitación de viviendas para la mejora de su accesibilidad y la modernización de las instalaciones interiores en:
– viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, urbanas o rurales;
– viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
Las viviendas deben constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar las ayudas.
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas mayores de edad propietarias de las viviendas o arrendatarios autorizados, que cumplan los requisitos establecidos.
Constituyen actuaciones subvencionables:
a) En materia de accesibilidad:
– la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial necesarios para el acceso a la vivienda desde el exterior;
– la instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre la vivienda y el exterior -videoporteros-, así como la instalación de domótica y otros avances tecnológicos para favorecer la autonomía personal de personas mayores o con discapacidad;
– cualquier intervención que facilite la accesibilidad universal en el interior de la vivienda: ampliación de espacios de circulación, adaptación de baños y cocinas, y cualesquiera otras que cumplan las condiciones del Código Técnico de la Edificación en lo referido a vivienda accesible.
b) En materia de conservación y modernización de instalaciones:
– la adaptación a la normativa vigente de las instalaciones de electricidad;
– la subsanación de deficiencias en la red de fontanería;
– la mejora de la red de saneamiento, tanto interior de la vivienda como la conexión a la red general de alcantarillado en el caso de viviendas unifamiliares.
El coste subvencionable será el correspondiente al total de la ejecución de las obras descritas, incluidos los trabajos necesarios para la correcta y completa ejecución de las actuaciones, más los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares, siempre que todos ellos estén debidamente justificados. No se incluirán impuestos, tasas o tributos y el coste subvencionable de la actuación no podrá superar los costes medios de mercado que a tales actuaciones correspondan.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios