Excepcionalmente durante 2015 se ha concedido una bonificación del 50% de las cuotas del IIVTNU para las transmisiones de los bienes inmuebles a que se refiere el RDL 6/2011 art.12.1 (ver nº 7967.1 Memento Fiscal 2014) que se lleven a cabo para la reconstrucción de la zona afectada por los seísmos acaecidos el 11-5-2011 en Lorca (Murcia).
La bonificación se debe aplicar a la cuota resultante de aplicar, en su caso, el resto de bonificaciones legalmente previstas.
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