Con efectos a partir del 29-3-2015, en las Islas Baleares se establece una bonificación autonómica del 90% de la parte proporcional de la cuota que corresponda a la titularidad de pleno dominio de los bienes de consumo cultural.
A los efectos de la L Baleares 3/2015, se entiende por consumo cultural la adquisición por las personas físicas o jurídicas de productos culturales como las obras de creación artística, pictóricas o escultóricas, en cualquiera de sus formatos, que sean originales y que el artista haya elaborado íntegramente y que sean únicas o seriadas, quedando excluidos los objetos de artesanía y las reproducciones.
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