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Bizkaia: cuota íntegra en el IRPF

Con efectos a partir del 1-1-2019, se introducen las siguientes modificaciones en la cuota íntegra del IRPF:
a) La base liquidable general ha de ser gravada a los tipos que se indican en la siguiente escala:

Base liquidable general hasta (euros)
Cuota íntegra (euros)
Resto base liquidable hasta (euros)
Tipo aplicable (porcentaje)
0016.030,0023
16.030,003.686,9016.030,0028
32.060,008.175,3016.030,0035
48.090,0013.785,8020.600,0040
68.690,0022.025,8026.460,0045
95.150,0033.932,8031.700,0046
126.850,0048.514,8058.100,0047
184.950,0075.821,80en adelante49

b) Los contribuyentes pueden aplicar una minoración de cuota de 1.432 euros (anteriormente, 1.410 euros) por cada autoliquidación.

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