Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Beneficiarios de pensiones que se causen antes del 1-1-2020 y derecho de opción entre la normativa o a 31-12-2012

A las pensiones que se causen antes del 1-1-2020 se seguirá aplicando la normativa sobre pensión de jubilación (modalidades, requisitos de acceso y cálculo) vigente a 31-12-2012 en los siguientes supuestos:
a) Las personas cuya relación laboral se haya extinguido antes de 1-4-2013, siempre que con posterioridad a tal fecha no vuelvan a quedar incluidas en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social.
b) Las personas con relación laboral suspendida o extinguida como consecuencia de decisiones adoptadas en un ERE, o por medio de convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa así como por decisiones adoptadas en procedimientos concursales, aprobados, suscritos o declarados con anterioridad a 1-4-2013, siempre que la extinción o suspensión de la relación laboral se produzca con anterioridad a 1-1-2020. En este caso es condición indispensable que los indicados acuerdos colectivos de empresa se encuentren debidamente registrados en el INSS o en el Instituto Social de la Marina, en su caso, en el plazo que reglamentariamente se determine.
El legislador aclara que los beneficiarios mencionados en los párrafos anteriorespueden optar por que se les aplique, para el reconocimiento de su derecho a pensión, la legislación que esté vigente en la fecha del hecho causante de la misma.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).