Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Barreras arquitectónicas. Baleares

Con la finalidad de dar cumplimiento al D Baleares 110/2010 que aprueba el Reglamento para la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas, se establecen las siguientes exenciones del cumplimiento de los parámetros legales de accesibilidad:
a) Exenciones por motivos de carácter histórico-artístico que impidan llevar a cabo las obras necesarias que hagan accesible el edificio.
b) Exenciones por condiciones físicas del terreno.
c) Exenciones por imposibilidad material: se incluyen tanto los motivos estructurales como la existencia de locales en planta baja en edificaciones de uso público de titularidad privada anteriores a 1993 que correspondan a edificaciones de uso comercial, administrativo y públicas con una superficie útil de menos de 100 m2, donde se pierda más de un 15% de superficie útil del local para conseguir un itinerario accesible.
d) Exenciones por otros motivos justificados mediante informe técnico adecuado.
El procedimiento, iniciado a instancia de parte, ha de ser resuelto por el consejero competente en materia de arquitectura en un plazo máximo de 3 meses. En caso de silencio administrativo se entiende que es estimatorio (LRJPAC art.43), si bien tratándose de una solicitud por motivos de carácter histórico-artístico que requieran informe del Consejo Asesor, sin que en ningún caso exceda de 3 meses (LRJPAC art.42).

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).