Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Baleares. Subvenciones en materia de vivienda

Estas bases reguladoras rigen la concesión de subvenciones que sean financiadas tanto por el Estado como por la Comunidad Autónoma, cuya gestión corresponda a la Administración autonómica, a través de las convocatorias correspondientes aprobadas por el consejero de Territorio, Energía y Movilidad.
Son susceptibles de recibir subvenciones en materia de vivienda las actividades, los proyectos o los comportamientos que promuevan el fomento de la vivienda y, entre otras, las siguientes líneas de subvenciones:
• El fomento del acceso a la vivienda (compra, alquiler u otras modalidades).
• La constitución de préstamos hipotecarios.
• La ayuda al alquiler de vivienda.
• La ayuda a personas en situación de desahucio de la vivienda habitual.
• El fomento del parque de viviendas en alquiler público o privado.
• El fomento de la mejora de la eficiencia energética y/o la sostenibilidad.
• El fomento de la conservación y/o mejora de la accesibilidad.
• La implantación del informe de evaluación de edificios.
• El fomento de la conservación y rehabilitación de edificios y viviendas.
• El fomento de la regeneración y renovación urbana y rural.
• El fomento de ciudades sostenibles.
• La ayuda a los jóvenes para facilitar el acceso a la vivienda (alquiler o compra).
• El fomento de la construcción de viviendas en alquiler para personas mayores.
• La ayuda a las personas mayores para el alquiler o gastos de la vivienda.
• El fomento de la rehabilitación de barrios y áreas degradadas.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).