Con efectos a partir del 1-12-2016, se han ampliado los modelos de autoliquidación del ISD por vía telemática, habiendo sido habilitada la presentación y pago del modelo 652 de autoliquidación del ISD en la modalidad de seguros de vida. En concreto, la presentación de dichas autoliquidaciones ha de ser realizada en las delegación de la Agencia Tributaria de Cataluña o en la oficina liquidadora competente. Sin embargo, van a poder ser presentadas y pagadas telemáticamente a través de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Cataluña las autoliquidaciones confeccionadas mediante el programa de ayuda u otros sistemas automatizados que la Agencia Tributaria de Cataluña ponga a disposición de ciudadanos, asociaciones, organismos u otros colectivos profesionales con los que se hayan firmado acuerdos de colaboración.
En estos casos, junto con la autoliquidación del impuesto, se ha de presentar toda la documentación adicional que sea necesaria, la cual ha de ser remitida a través de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Cataluña.
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