Los contribuyentes que ejercen actividades económicas están obligados a efectuar e ingresar pagos fraccionados. De acuerdo con la reciente modificación introducida por la NF Araba 2/2018, estos pagos fraccionados pueden tener carácter bimensual, trimestral o semestral.
Para dar cumplimiento a esta nueva normativa, para los pagos fraccionados que deban realizarse en el año 2019 relativo a este periodo impositivo, se modifica el reglamento del IRPF a fin de que el obligado tributario que así lo desee pueda ingresar los pagos fraccionados cada dos meses. Para ello, se mantiene la actual regulación de los pagos fraccionados (los que se ingresan trimestral y semestralmente), y se adecúa esta regulación a los pagos bimensuales.
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