Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Araba: otras obligaciones de información. IRPF

Con efectos para las declaraciones informativas a presentar a partir del 1-1-2017, se incluyen como entidades obligadas a presentar estas declaraciones las siguientes:
– las aseguradoras que comercialicen las rentas vitalicias (ver 472 Memento Fiscal Foral 2017), en los 30 primeros días del mes de enero del año inmediato siguiente; y
– las que lleven a cabo operaciones de reducción de capital con devolución de aportaciones o de distribución de prima de emisión correspondiente a valores no admitidos a negociación en alguno de los mercados regulados de valores definidos en la Dir 2004/39/CE, respecto a las operaciones realizadas a favor de personas físicas que no se hallen sometidas a retención. No obstante, no tienen esta obligación cuando en las operaciones intervenga alguno de los sujetos obligados a presentar la declaración informativa sobre determinadas operaciones con activos financieros (DF Araba 111/2008 art.7).

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).