Con efectos a partir del 13-8-2019, no dan lugar a obtención de renta para el partícipe o accionista, a efectos del IRPF, IS e IRNR, las reclasificaciones:
– entre IIC (L 35/2003), o entre sus compartimentos, clases o series de sus participaciones o acciones y entre IIC o entre sus compartimentos, clases o series de sus participaciones o acciones, previstas en la NF Araba 33/2013 art.42.8 y en la NF Araba 37/2013 art.79.3 (IIC reguladas por la Dir 2009/65/CE no constituidas en países o territorios considerados como paraísos fiscales, constituidas y domiciliadas en algún Estado miembro de la UE e inscritas en el registro especial de la CNMV, a efectos de su comercialización por entidades residentes en España);
– realizadas entre el 3-1-2018 y el 30-3-2019; y
– cuando su único objetivo sea dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el RDL 14/2018.
Las nuevas participaciones o acciones asignadas a los partícipes o accionistas reclasificados conservan el valor y la fecha de adquisición que tuvieran las participaciones o acciones a la que sustituyen.
Actualidad jurídica
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