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Araba: libros registro en el IVA

Con efectos a partir del 1-1-2019, se permite a los sujetos pasivos optar a llevar los libros registro del impuesto en la sede electrónica de la Diputación Foral de Álava, a lo largo de todo el ejercicio, mediante la presentación de la correspondiente declaración censal.
Se determina la información que deben remitir aquellos sujetos pasivos que hayan comenzado a llevar los libros registro en la sede electrónica en fecha diferente al primer día del año natural.
Estos contribuyentes deben remitir todos los registros de facturación inmediatamente anteriores a la fecha de alta, y que correspondan al año natural, indicando esta circunstancia.
La información debe ser remitida como fecha límite el 31 de diciembre del año de la inclusión en el SII.

NOTA
Se actualizan diversas referencias normativas y términos del reglamento que se encontraban desactualizados.

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