Se actualiza la aportación máxima aplicable para los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida, de acuerdo con la variación producida en el IPC en el periodo comprendido entre diciembre de 2013 y noviembre de 2014. Por lo que para 2015 se fija en 4,24 euros (4,26 para 2014) la aportación máxima para los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida y para los productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica pertenecientes a los grupos de aportación reducida. Asimismo, se aplica a la participación en el pago a satisfacer por los enfermos de SIDA, de los medicamentos financiados por el SNS dispensados a través de receta oficial.
Asimismo, se actualizan los límites máximos de aportación mensual para los pensionistas y sus beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria, según la renta consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del IRPF:
– renta inferior a 18.000 euros: límite máximo de aportación mensual 8,23 euros (en 2014: 8,26);
– renta igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000: límite máximo de aportación mensual 18,52 euros (en 2014: 18,59);
– renta superior a 100.000 euros: límite máximo de aportación mensual 61,75 euros (en 2014: 62,00).
NOTA
Viene a sustituir a la Resol 18-12-13 que actualizó las aportaciones para 2014.
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