Una sociedad limitada que tiene la consideración de entidad patrimonial pregunta si puede aplicar la reserva de capitalización.
En este sentido la normativa del IS, en cuanto a los contribuyentes que pueden aplicar la reserva de capitalización, solo indica que deben tributar al tipo de gravamen general o al 30% previsto para las entidades de crédito y las entidades que se dediquen a la exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamiento subterráneo de hidrocarburos.
Adicionalmente la regulación de este incentivo fiscal establece los requisitos para su aplicación, cómo determinar el incremento de fondos propios, las incompatibilidades con otros incentivos fiscales y las consecuencias del incumplimiento de los requisitos.
Teniendo en cuenta lo anterior, dado que no se establecen restricciones específicas para las entidades patrimoniales, las mismas pueden aplicar este incentivo fiscal.
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