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Aplicación de la reserva de capitalización por una entidad patrimonial

Una sociedad limitada que tiene la consideración de entidad patrimonial pregunta si puede aplicar la reserva de capitalización.
En este sentido la normativa del IS, en cuanto a los contribuyentes que pueden aplicar la reserva de capitalización, solo indica que deben tributar al tipo de gravamen general o al 30% previsto para las entidades de crédito y las entidades que se dediquen a la exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamiento subterráneo de hidrocarburos.
Adicionalmente la regulación de este incentivo fiscal establece los requisitos para su aplicación, cómo determinar el incremento de fondos propios, las incompatibilidades con otros incentivos fiscales y las consecuencias del incumplimiento de los requisitos.
Teniendo en cuenta lo anterior, dado que no se establecen restricciones específicas para las entidades patrimoniales, las mismas pueden aplicar este incentivo fiscal.

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