Con efectos desde el 17-7-2018 se modifica la Ley de Turismo de Extremadura para, entre otros objetivos, clarificar el concepto de apartamento turístico:
– se elimina la referencia a un «conjunto de apartamentos» que parecía impedir la consideración como tal de uno solo de ellos;
– la «profesionalidad y habitualidad», conceptos indeterminados, en el ejercicio de la actividad, se sustituyen por la promoción o comercialización en canales de información o comercialización, cualquiera que sea su soporte; y
– se establece como requisito para la comercialización la cesión del uso y disfrute de la totalidad del apartamento.
Por otro lado, se establecen diversos requisitos sobre la equipación e instalaciones de las viviendas y se establece el régimen de declaración responsable y comuniciación previa para el inicio de la actividad, así como el control administrativo posterior.
Actualidad jurídica
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