Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Ampliación del sistema único de pago vía electrónica en Castilla- La Mancha

Con motivo del desarrollo de las aplicaciones informáticas por parte de la Administración tributaria así como por las entidades de crédito colaboradoras, se viene permitiendo que tanto la presentación como el pago de determinadas declaraciones tributarias pueda ser realizado utilizando medios telemáticos. En el caso concreto de Castilla-La Mancha, mediante O Castilla-La Mancha 2-4-12 se ha establecido el sistema único de pago electrónico de uso común de los recursos económicos de esta Comunidad Autónoma, permitiéndose a la Dirección General de Tributos el desarrollo y aplicación de la presente Orden, así como la introducción de aquellas modificaciones necesarias en los anexos incluidos en la misma mediante la oportuna Resolución (O Castilla-La Mancha 2-4-12 disp.final 1ª).
Con base en la citada habilitación, en la presente Resolución se aprueba el nuevo Anexo I de la citada Orden, ampliándose los documentos que pueden ser objeto de pago electrónico. Entre los citados documentos, se encuentran, entre otros, los que afectan a las autoliquidaciones y liquidaciones del ITP y AJD e ISD:

Modelo
Nombre
610
ITP y AJD. Pago en metálico del impuesto que grava:
I- Los documentos negociados por Entidades Colaboradoras.
II- La emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden
620
ITP y AJD. Transmisiones de determinados medios de transporte usados
630
ITP y AJD. Pago en metálico de letras de cambio
010
Liquidación del ITP y AJD
011
Liquidación del ISD. Sucesiones
012
Liquidación del ISD. Donaciones
013
Liquidación del ISD. Consolidación de dominio
017
Liquidación del ITP y AJD. Transmisiones de determinados medios de transporte usados
En el cuadro sólo han sido recogidos los documentos relativos al ITP y AJD e ISD. No obstante, hay que tener en cuenta que en el cita Anexo I se recogen otros documentos que afectan a diferentes liquidaciones de actas por la inspección, aplazamientos/fraccionamientos de pago, liquidación de intereses, documentos de ingresos, etc.

NOTA
La Resol Castilla-La Mancha 23-7-12 resulta de aplicación desde el 31-7-2012.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).