La Sala IV, la Sala social del TS, tramita:
– mayoritariamente recursos de casación para la unificación de doctrina;
– también recursos de casación de régimen común (contra sentencias dictadas en procesos de conflictos colectivos, despidos colectivos, de impugnación de convenios colectivos y de tutela de los derechos de libertad sindical);
– recursos de revisión y de queja;
– demandas de revisión y de error judicial;
– finalmente, y en única instancia, de la impugnación de resoluciones dictadas por el Consejo de Ministros en materias atribuidas al orden jurisdiccional social.
Para dictar las sentencias en casación (unificadora y común) la sala se forma con 5 magistrados, actuando como presidente el más antiguo en la sala.
En las demandas de revisión y de error judicial así como en los autos que ponen fin a los recursos de queja, los recursos de revisión y los de inadmisión de cualquier clase de recurso y para resolver las recusaciones de un magistrado la sala actúa compuesta por 3 de sus miembros.
Con independencia de lo anterior, se celebra al menos una vez al mes un pleno para la decisión de determinados recursos de casación para la unificación de doctrina, y de casación clásica, bien porque se haya producido una contradicción entre resoluciones dictadas por la sala, bien porque se trate de un asunto cuya importancia así lo aconseje, bien porque se encuentre necesario cambiar la doctrina de la sala.
Las ponencias se turnan a los magistrados por riguroso orden de ingreso del recurso y de antigüedad de los magistrados, con un turno especial para los despidos colectivos y otro para los conflictos colectivos, en ambos casos también por orden de ingreso en el registro de los correspondientes asuntos.
En ocasiones se producen los llamados «returnos» o nueva asignación de ponente, justificada bien por situaciones de enfermedad o jubilación del inicialmente asignado, bien porque el desarrollo de los distintos recursos -desistimientos, autos de fin de trámite, inadmisiones y las incidencias propias de la tramitación de cada uno- provoque una manifiesta desigualdad en los asuntos repartidos inicialmente a los magistrados que están pendientes de señalamiento, a fin de evitar que se produzca un retraso en la decisión de los mismos. Tales nuevas asignaciones de ponencias se producen por orden de antigüedad de los magistrados.
Para la deliberación, votación y fallo de los distintos asuntos repartidos, se procede al señalamiento de los días en que deben tener lugar, y teniendo en cuenta que la sala no está dividida en secciones fijas, son llamados para formarlas los magistrados que en el día concreto tengan señalamientos, distribuyéndose los mismos en secciones compuestas por 5 miembros, cuyos nombres son puestos en conocimiento de las partes a través de la oportuna notificación previa a los efectos legalmente previstos.
La firma de las sentencias por tanto se realiza por los 5 magistrados integrantes de la sección que han deliberado y votado el asunto correspondiente.
La Sala IV no está dividida en secciones de composición fija. La única excepción, a este respecto, la constituyen las llamadas «Secciones de Admisión» (Comisión Permanente CGPJ 17-2-97, BOE 27-2-97). Dichas secciones deciden sobre la admisión de los recursos de casación y revisión. En el próximo año esa función se lleva a cabo por medio de 3 secciones. Los asuntos no se distribuyen a cada una de esas secciones por razón de la materia. La asignación obedece exclusivamente a que la ponencia de ese recurso está ya desde que se comienza su tramitación asignada a uno de los magistrados que componen la sección. La actuación de las Secciones de Admisión no altera ni modifica el turno general de ponencias que se efectúa en ese primer momento. Su composición para el año 2018 será la siguiente:
Sección Primera: Don Luis Fernando de Castro Fernández, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don Miguel Ángel Luelmo Millán y don Antonio V. Sempere Navarro.
Sección Segunda: Don Fernando Salinas Molina, don José Manuel López García de la Serrana, doña María Lourdes Arastey Sahún y don Sebastián Moralo Gallego.
Sección Tercera: Doña Milagros Calvo Ibarlucea, doña Rosa María Viroles Piñol y don Ángel Blasco Pellicer.
Todos los magistrados que componen la sala forman parte de alguna de dichas «Secciones de Admisión». La adscripción de cada magistrado a cada sección perdura todo el año, salvo que concurran circunstancias relevantes -jubilaciones y nuevos nombramientos-, que a juicio del presidente, aconsejen efectuar una remodelación de la sección afectada. El presidente de la sala actúa en apoyo de la sección o secciones que él decide, según lo aconsejen las circunstancias de cada momento.
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