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Acuerdo de colaboración social en el envío de los ficheros TicketBAI en Gipuzkoa (RF 52/20 22 de Diciembre de 2020 al 28 de Diciembre de 2020)

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Con efectos a partir del 25-12-2020, se aprueba el acuerdo de colaboración con el Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa para el envío de los ficheros TicketBAI generados con motivo del cumplimiento de la obligación TicketBAI en nombre y por cuenta de terceras personas y entidades (OF Gipuzkoa 523/2020 anexo I).El envíode los ficheros TicketBAI puede realizarse por el contribuyente o por su representante debidamente inscrito en el censo de representación tributaria. Si se realiza por una persona o entidad distinta, además del resto de requisitos derivados de la normativa vigente, deben cumplirse todos y cada uno de los siguientes:- adherirse al acuerdo de colaboración;- disponer de un certificado electrónico admitido ante la Diputación Foral de Gipuzkoa y que le faculte para el envío de ficheros TicketBAI de conformidad con las especificaciones de política de firma y con los requisitos establecidos legalmente (OF Gipuzkoa 521/2020);- ostentar la representación suficiente de la persona o entidad contribuyente en cuyo nombre se actúe.La acreditación de la representación puede realizarse:- por cualquier medio válido en derecho;- mediante el documento normalizado (OF Gipuzkoa 523/2020 anexo II); o – mediante el acuerdo entre el empresario o profesional que realice las operaciones y el destinatario de estas (DF Gipuzkoa 8/2013 art.5.2.a).El Departamento de Hacienda y Finanzas, en cualquier momento, puede requerir la acreditación de la representación con la que se actúa. La falta de esta supone la exclusión del acuerdo de colaboración. Si requerido para ello, no se acredita la representación con la que se actúa, o si se detecta la inexactitud, falsedad u omisión en los ficheros enviados, mediante resolución de la Secretaría Técnica se puede excluir del acuerdo de colaboración a la persona o entidad que haya realizado los envíos, sin perjuicio de las demás consecuencias y responsabilidades que puedan derivarse de la normativa vigente.La adhesión al acuerdo se realiza mediante la cumplimentación y remisión a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa del documento de adhesión (OF Gipuzkoa 523/2020 anexo III).La baja voluntaria en el acuerdo de colaboración puede solicitarse mediante la cumplimentación y remisión a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa del documento de baja voluntaria (OF Gipuzkoa 523/2020 anexo IV).OF Gipuzkoa 523/2020EDL 2020/40943, BOTHG 24-12-20

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