Jubilación contributiva y creación artística percibiendo derechos de propiedad intelectual

A partir del 1-1-2019 entra en vigor un régimen de compatibilidad entre la pensión contributiva de jubilación y la actividad de creación artística por la que se perciban ingresos derivados de derechos de propiedad intelectual, incluidos los generados por su transmisión a terceros, con independencia de que por la misma actividad reciban otras remuneraciones conexas. Esta modalidad de jubilación

Medidas de contingencia de carácter laboral ante la retirada del Reino Unido de la Unión Europea

Conjunto de medidas laborales y de seguridad social con el fin de hacer frente a las consecuencias de la retirada de la Unión Europea del Reino Unido, sin que se haya alcanzado un acuerdo de retirada.

Nueva regulación de la formación programada por las empresas

Desarrollo reglamentario de la formación programada de las empresas en materia de financiación y costes de dicha formación, determinación de las empresas beneficiarias del crédito de formación así como de la organización y ejecución de la formación de las empresas, en especial de las organizaciones y entidades externas, así como el régimen de comunicación de las acciones formativas, instaurándose un preceptivo y previo a informe a la representación legal de los trabajadores sobre las acciones formativas a implantar.

Reclamación de intereses al FOGASA por retraso en el pago de las cantidades de las que es reponsable

Es competencia de la jurisdicción social la reclamación de intereses al FOGASA cuando se retrasa en el pago de la indemnización y salarios del que es responsable.

Nuevo supuesto de fuerza mayor

A partir del 10-1-2016, las extinciones o suspensiones de contrato y reducciones temporales de jornada que traigan causa directa en una emergencia de protección civil, se considerarán provenientes de fuerza mayor con las consecuencias que se derivan de esta calificación.

Fijación de un mínimo exento en la cotización empresarial por contingencias comunes por la contratación indefinida de trabajadores

Entre el 1-3-2015 y el 31-8-2016, cuando se cumplan las condiciones y requisitos establecidos, los primeros 500 € de la base de cotización por contingencias comunes correspondientes a cada mes van a quedar exentos de la aplicación del tipo de cotización en la parte correspondiente a la empresa, en los supuestos de contratación indefinida a tiempo completo, siempre que suponga creación de empleo neto, reduciendose esa cuantía de forma proporcional al porcentaje de reducción de jornada de cada contrato en los supuestos de contratación indefinida a tiempo parcial. Estos beneficios se van a aplicar durante un período de 24 meses, si bien, y durante los 12 meses siguientes, las empresas con menos de 10 trabajadores también van a tener derecho a mantener tal beneficio si bien durante este nuevo período van a estar exentos de la aplicación del tipo de cotización los primeros 250 € de la base de cotización o la cuantía proporcionalmente reducida que corresponda en los supuestos de contratación a tiempo parcial.

Condiciones para aplicación a las mutuas de los coeficientes del 0,055 y 0,033 por la gestión de la IT por contingencias comunes

Términos para la aplicación a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social de los coeficientes del 0,055 y 0,033 para la gestión de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas, previstos para aquellas mutuas que acrediten insuficiencia financiera.

Bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador

En desarrollo de las previsiones establecidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 (L 17/2012 disp.adic.79ª), se fija el régimen normativo de las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social respecto del personal investigador que, con carácter exclusivo, se dedique a actividades de I+D+i.

Efectos sobre las prestaciones del pago de las cuotas pendientes en el RETA sin invitación previa al pago

Aunque no exista previa invitación al pago, el ingreso voluntario de las cotizaciones debidas en el RETA, efectuado para que se impute a la liquidación de esa concreta deuda y no a otras pendientes con la Seguridad Social, debe considerarse como cumplimiento del requisito de hallarse al corriente en el pago de las cotizaciones, a efectos del reconocimiento de la pensión de jubilación.

Establecimiento de una tarifa plana reducida de las cotizaciones para nuevas contrataciones indefinidas

Entre el 25-2-2014 y el 31-12-2014, cuando se cumplan las condiciones y requisitos establecidos, la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes se reduce, en los supuestos de contratación indefinida, siempre que suponga creación de empleo neto, a la cuantía de100 €/mes, en los supuestos de contratos celebrados a tiempo completo, siendo de 75 ó 50 €/mes en los contratos a tiempo parcial en función de la jornada de trabajo que se realice. Estas reducciones se van a aplicar durante un período de 24 meses, si bien, y durante los 12 meses siguientes, las empresas con menos de 10 trabajadores también van a tener derecho a obtener una reducción del 50 % de la cotización por contingencias comunes correspondientes al trabajador contratado de manera indefinida.