La ganancia o pérdida patrimonial se determina, para cada operación de venta de cada tipo de criptomoneda, por la diferencia que exista entre el importe de euros obtenidos en la venta (salvo que sea inferior a su valor normal de mercado en la fecha de la venta, en cuyo caso prevalece este último) y su importe de adquisición en euros, determinado aplicando el tipo de cambio a euros de la divisa vigente en la fecha de adquisición de la criptomoneda objeto de la venta, teniendo en cuenta los gastos y tributos.
El hecho de que una parte del valor de la entidad esté constituido por la cesión de capitales a terceros, no es obstáculo para aplicar la exención de la LIP art.4.Ocho, siempre que se acredite la afectación a los fines de la actividad económica de la sociedad, en concreto a las necesidades de capitalización, solvencia, liquidez o acceso al crédito.
Son deducibles los gastos financieros derivados de un préstamo destinado a distribuir la prima de emisión, ya que no pueden calificarse como donativo o liberalidad.
El tipo impositivo del recargo de equivalencia en las operaciones sujetas al 5% contempladas en el RDL 20/2022 pasa a ser el 0,62%.
En la cuantificación de la base imponible del impuesto en los casos de ejercicio anticipado de una opción de compra que implica la cancelación del contrato de arrendamiento financiero se ha de tener en cuenta el valor del negocio consignado en la escritura pública.
En determinadas circunstancias, puede entenderse vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva cuando, ante lo infructuoso de las comunicaciones practicadas por vía electrónica, la Administración no despliega una conducta tendente a lograr que las mismas lleguen al conocimiento efectivo del interesado, utilizando para ello medios distintos a la notificación electrónica.
e modifican los modelos 187 y 345 para actualizar las referencias normativas y adaptaciones técnicas necesarias para mantener un correcto intercambio de información con el resto de las administraciones tributarias, y, en consecuencia, una mejora en la gestión tributaria.
Se adapta el modelo 309, de autoliquidación no periódica del impuesto a las medidas introducidas en los tipos impositivos para contrarrestar la situación actual del mercado energético.
Se modifica el modelo 182 de declaración informativa de donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas en el IRPF e IS para incluir dentro de los obligados a su presentación a las entidades beneficiarias del mecenazgo medioambiental.