Nuevos tipos reducidos en La Rioja (RF 17/21 27 de Abril de 2021 al 03 de Mayo de 2021)
Se aprueban nuevos tipos de gravamen relacionados con la adquisición de determinados bienes culturales.
Se aprueban nuevos tipos de gravamen relacionados con la adquisición de determinados bienes culturales.
Con el objeto de completar la incorporación a nuestro ordenamiento jurídico del contenido de la «Sexta Directiva» de blanqueo, se modifica, con efectos 30-4-2021, el delito de blanqueo en el marco de las agraventes y los tipos agravados.
Se prorroga la autorización a las tiendas libres de impuestos de ventas a no viajeros.
Se introducen las modificaciones aprobadas por la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021 y se aprueba el modelo 468 de comunicación de los precios medios ponderados de venta real.
Se refuerza el control de la tributación de las personas físicas que desarrollan actividades económicas mediante la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas en los sistemas de facturación (TicketBAI).
Para fomentar la implantación del sistema TicketBAI, se establecen incentivos fiscales de carácter temporal en el IS, en forma de deducción en la cuota.
Los contribuyentes del IS deben utilizar un sistema informático que garantice la integridad, conservación, trazabilidad, inviolabilidad y remisión de los ficheros informáticos que documenten todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen.
Se establece un régimen sancionador de las infracciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la implantación de TicketBAI. Constituye la primera infracción el incumplimiento de la obligación de información, que se va sancionar de forma diferente según el incumplimiento sea generalizado u ocasional. Constituye la segunda, la destrucción, borrado o manipulación del software y archivos informáticos que sirven de soporte a los ficheros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios, e incluye dos tipos de sanciones, una para el contribuyente cuando es él quien realiza esa conducta, y otra, para cualquier sujeto diferente que haya intervenido, ya sea la persona o entidad desarrolladora del software o un tercero.
Se aprueban en Navarra los modelos S-90 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes, y para los grupos fiscales que tributen por el régimen de consolidación fiscal, para los períodos impositivos iniciados entre el 1-1-2020 y el 31-12-2020.
Con el fin de evitar el fraude fiscal se modifica la infracción tributaria por incumplir obligaciones contables y registrales y por incumplir obligaciones de facturación o documentación.
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