Se modifican algunas previsiones relacionadas con la asignación económica por hijo a cargo, la prestación por nacimiento o adopción en familias numerosas, monoparentales o madres y padres con discapacidad o la prestación por parto o adopción múltiple.
Los trabajadores que se encuentren en situación de suspensión de contrato o de reducción de jornada como consecuencia de un ERTE COVID-19 tienen la consideración de colectivo prioritario para el acceso a las iniciativas de formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral
Desde el 30-9-2020 se modifican aspectos relevantes de la regulación del ingreso mínimo vital en relación con: las personas beneficiarias y titulares, la definición de la unidad de convivencia, requisitos de acceso, exclusión de la situación de vulnerabilidad económica, cuantía económica y la definición de renta garantizada, modificación y actualización de la cuantía de la prestación, incompatibilidad del ingreso mínimo vital con la asignación por hijo o menor a cargo, en las infracciones administrativas graves y en las sanciones administrativas por infracciones graves y muy graves, el establecimiento de un régimen excepcional aplicable a las solicitudes cursadas por situación de carencia de rentas durante el año en curso y la situación de la solicitud de asignación por hijo o menor a cargo presentada antes del 1-6-2020 o a los 30 días naturales siguientes al 1-6-2020.
Se prorroga hasta el 31-12-2020 la regulación de las medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo a las trabajadoras y los trabajadores fijos-discontinuos y a los que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en fechas ciertas que se sean consecuencia del COVID-19 (
RDL 8/2020 art.25.6
)
Las prórrogas de 6 meses otorgadas a la validez de los certificados preceptivos para el sector marítimo-pesquero, con motivo del COVID-19 se rescinden, limitando, desde el 29-9-2020, su validez con carácter general hasta el 31-12-2020, salvo en el caso de certificados médicos de aptitud para el embarque marítimo que se consideran prorrogados hasta el 31-10-2020.
Desde el 30-9-2020 los Juzgados y Tribunales tienen la obligación de comunicar al INSS y al ISM cualquier resolución judicial, firme o no, de la que se deriven indicios racionales de comisión de un delito doloso de homicidio en que la víctima fuera ascendiente, descendiente, hermano, cónyuge o excónyuge del investigado, o estuviera o hubiese estado ligada a él por una relación de afectividad análoga a la conyugal. La finalidad de dichas comunicaciones es impedir al agresor la percepción de prestaciones de muerte y supervivencia, orfandad y a favor de familiares o de ingreso mínimo vital.
Los atrasos de pensiones de la Seguridad Social, correspondientes a varios años, reconocidos por sentencia judicial, tienen derecho en el IRPF a la reducción por irregularidad.
Si el robo de un trabajador se ha registrado indebidamente como un crédito en lugar de un gasto, el registro del gasto es deducible en el ejercicio de contabilización si no supone una menor tributación respecto a su imputación en el ejercicio de devengo.