Se introduce un beneficio fiscal en el ISD relacionado con la constitución de un seguro colectivo gratuito a favor de todo el personal sanitario para hacer frente a las contingencias de enfermedad y fallecimiento por causa directa del COVID-19.
Ante la evolución generada por el COVID-19, en el ámbito de la colaboración social en la aplicación de los tributos y, en particular, sobre el carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria, se establece un nuevo supuesto de colaboración con las entidades encargadas de la gestión de la prestación económica no contributiva de la Seguridad Social del ingreso mínimo vital.
La práctica consistente en solicitar a los candidatos a un puesto de trabajo información sobre si han pasado el COVID-19 y desarrollado anticuerpos como requisito para acceder al puesto de trabajo ofertado, constituye una vulneración de la normativa de protección de datos.
Para paliar los efectos generados por la evolución del coronavirus (COVID-19), se amplía el plazo de suministro de los asientos contables correspondientes al año 2020 y se posibilita el ejercicio de la opción para el suministro electrónico de los asientos contables a partir del sistema contable interno del que dispongan, en su caso, los obligados.
Se introduce una exención en el ITP y AJD, que afecta a la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de AJD, y que se va a aplicar a las escrituras de formalización de las moratorias, tanto de las legales, como de las convencionales suscritas al amparo de un acuerdo marco sectorial.
Se determina el procedimiento para la expedición del documento de residencia, previsto en el Acuerdo de Retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica art.18.4.
Extensión durante los meses de julio a octubre de 2020 de las bonificaciones por prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados al turismo y su compatibilidad con exoneraciones de cotizaciones a la Seguridad Social.
Se habilita la transmisión de información entre el INSS y las Haciendas Forales en idénticos términos que los previstos en relación con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Se establecen las disposiciones mínimas sobre alojamiento a bordo de los buques de pesca, delimitándose el ámbito de aplicación de los anexos, que no se extiende a todos los buques de pesca, siendo determinante a estos efectos la fecha del 3-7-2020 y la fase de construcción o transformación importante en la que se encuentre el buque a partir de esa fecha.