Coronavirus: compatibilidad de la pensión de jubilación con el nombramiento como personal estatutario de sanitarios jubilados (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Por la emergencia sanitaria derivada del COVID-19 se nombró como personal estatutario a sanitarios jubilados garantizándoles la compatibilidad con las pensiones de jubilación contributiva de cualquier modalidad que vinieran percibiendo, incluyendo, en su caso, el complemento a mínimos que estuvieran percibiendo. Mantienen la consideración de jubilados a todos los efectos. La pensión es compatible también con las prestaciones de IT que puedan generar. Estableciéndose reglas especiales para el caso que sean declarados en incapacidad permanente, que se considerará por AT, o fallecieran con ocasión o por consecuencia de su reincorporación.

Compatibilidad del subsidio por cuidado de menor afectado por cáncer y prestación por desempleo o cese de actividad durante la permanencia del estado de alarma (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Los perceptores del subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, que vinieran percibiendo los trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, a 14-3- 2020, no se verá afectado por la suspensión del contrato y reducción de jornada que tengan su causa en las medidas adoptadas en relación con el coronavirus.

Disponibilidad de los planes de pensiones en caso de desempleo o cese de actividad derivados de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Se establecen el plazo, importe disponible de los derechos consolidados y supuestos excepcionales para hacer efectivos los planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social, en base a la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus.

Aplazamiento en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social a las empresas y trabajadores por cuenta propia, afectados por el coronavirus (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Las empresas y los trabajadores por cuenta propia pueden solicitar un aplazamiento del pago de sus deudas con la Seguridad Social con un interés inferior al previsto para los aplazamientos reconocidos en condiciones normales.

Moratoria en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social a las empresas y trabajadores por cuenta propia, afectados por el coronavirus (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Se habilita a la TGSS a la concesión de forma excepcional de moratorias en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, de 6 meses sin interés, a las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, atendiendo a excepcionales circunstancias, en los casos y condiciones que se determinen mediante Orden Ministerial. El periodo de devengo en el caso de empresas sería el comprendido entre abril y junio de 2020, mientras que en el caso de los autónomos sería el comprendido entre mayo y julio de 2020. La TGSS puede otorgar moratorias de 6 meses, sin interés, a las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, siempre que las actividades que realicen no se hayan suspendido con ocasión del estado de alarma. Para ello deberán solicitarla y cumplir los requisitos y condiciones que se establecerán mediante OM del MISSM.

Desarrollo determinados aspectos del derecho a la percepción del bono social por parte de trabajadores autónomos (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Desarrollo de la tramitación y comunicación de la aplicación del bono social a los autónomos solicitantes, que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia del COVID-19, y nuevo modelo de solicitud.

Puesta a disposición de los empleados públicos del IMSERSO (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Los empleados públicos que presten servicios en los centros del IMSERSO deben desempeñar las tareas necesarias que temporalmente, por causa de la crisis sanitaria, les sean encomendadas por las comunidades autónomas solicitantes o por el INGESA, previa petición de aquellos y consiguiente resolución de puesta a disposición de los mismos, con independencia de que el servicio sea prestado en instalaciones propias del IMSERSO o en otras distintas. Dichos empleados públicos continúan percibiendo las retribuciones correspondientes a su puesto de trabajo de origen.

Plazo para la resolución de ERTE por fuerza mayor (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Varias CCAA han ampliado a 10 días el plazo máximo para resolver los ERTE por causa de fuerza mayor, como medida extraordinaria para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en lugar de los 5 establecidos con carácter general. Hasta la fecha, han ampliado el plazo de resolución de los ERTE por fuerza mayor las siguientes CCAA han sido Aragón, Asturias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia e Illes Balears.

Medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Con efectos desde el 3-4-2020 se aprueban nuevas medidas en relación a los profesionales sanitarios en formación.

Coronavirus: protocolo de actuación conjunto para la realización de los pagos en procesos judiciales durante el estado de alarma (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

El protocolo intenta facilitar el pago directo de las cuantías depositadas en la cuenta de depósitos y consignaciones. Por un lado se permiten las transferencias directas al destinatario final, se pide que solo se exijan los pagos imprescindibles como las deudas laborales a favor de los trabajadores. Por otro lado, se facilita la actuación de los letrados de la Administración de Justicia y su sustitución si no pudieran realizar los pagos por diferentes motivos.