Disciminación en el cálculo de la antigüedad de los trabajadores fijos discontinuos a efectos de la percepción de trienios

Se considera que es discriminatorio por razón de sexo la normativa y práctica empresarial conforme a las cuales, en el caso de los trabajadores fijos discontinuos, solo se computan, a efectos del cálculo de la antigüedad requerida para poder percibir trienios en concepto de complementos retributivos, los períodos efectivamente trabajados, excluyéndose por tanto los períodos en los que no se ha trabajado, mientras que esta normativa y esta práctica no se aplican en el caso de los trabajadores a tiempo completo.

Despido por desobediencia de trabajador con cláusula de movilidad geográfica y graduación convencional de la falta

Aunque la orden de desplazamiento fuera válida, al fundarse en un cláusula de disponibilidad geográfica mundial suscrita en relación con la actividad empresarial, la sanción de despido disciplinario por la desobediencia del trabajador por no acatarla resulta desproporcionada, al no acreditar el empresario el perjuicio notorio que exige el convenio colectivo aplicable.