Con efectos desde el 30-9-2018 se especifica, en relación con el fondo de garantía de inversiones (contribuyente del IS), constituido como patrimonio separado sin personalidad jurídica, cuya representación y gestión se encomienda a una sociedad gestora con forma de sociedad anónima, que su capital se distribuye entre las entidades adheridas en la misma proporción en que efectúen sus aportaciones al fondo.
En estos casos se aplican las reglas generales sobre finalización del período impositivo, por lo que si no se altera la personalidad jurídica, ni la nueva forma jurídica supone alteración del régimen fiscal aplicable a la entidad en el IS, no se concluye ningún período impositivo.
El usufructo cuando va acompañado del poder de disposición puede implicar la realización de varios negocios jurídicos sujetos a ISD y, en algunos casos, a ITP y AJD.
En caso de que el destinatario del servicio de reparación sea una persona física que utiliza la vivienda para su uso particular, los servicios de reparación deben aplicar el tipo reducido. Si la destinataria es la empresa aseguradora, el tipo a aplicar es el general.
El nuevo sistema de homologación de vehículos en Europa no afecta a la cumplimentación de los modelos 576 y 06 del Impuesto.
Se ha aprobado la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la LPGE para el año 2019.