Cuantía de pensión de viudedad de divorciada antes del 1-1-2008 única beneficiaria

Hasta la modificación operada en la norma vigente con anterioridad al 1-1-2008, la persona separada o divorciada, aún siendo la única beneficiaria de la prestación de viudedad, no tenía derecho a percibir la pensión completa, sino tan sólo la parte proporcional al tiempo de convivencia matrimonial. Situación que se mantiene en supuestos de separación judicial o divorcio anteriores a la entrada en vigor de la nueva normativa cuando concurran las condiciones que deben entenderse referidas a la prorrata en caso de crisis matrimoniales.