Hasta el 1-1-2019 queda aplazada la posibilidad de realizar la actividad autónoma a tiempo parcial y, desde el 1-1-2017, se suprime en materia de cotización la posibilidad de aplicar, en defecto de un sistema propio, las normas de Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial.
Fijación de la base mínima de cotización durante 2017 para los trabajadores autónomos que en algún momento del año 2016 y de manera simultánea hayan tenido contratados trabajadores por cuenta ajena
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 incrementa, a partir del 29-6-2017, las bases mínimas en este régimen especial y fija las bases y tipos en función de la edad que tenga el trabajador autónomo a fecha de 1-7-2017.
Bases mínimas de cotización para 2017 de los vendedores ambulantes, a domicilio, o en mercadillos.
Fijación de la base y el tipo de cotización por cese de actividad durante 2017 de los trabajadores incluidos en el RETA así como la cotización durante la percepción de la prestación.
Se mantiene el mismo régimen que en el ejercicio anterior, incrementándose únicamente la cuantía del límite del importe cotizado a contingencias comunes para tener derecho a tal devolución.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 incrementa las cuotas de cotización de los contratos para la formación y el aprendizaje y del personal investigador en formación, en el mismo porcentaje que aumente la base mínima del RGSS.
Bases mínimas de cotización de los socios trabajadores de las CTA dedicados a la venta ambulante y derecho de reducción en la cuota de quienes hayan quedado incluidos en el RETA.
Incremento de las cuantías del IPREM a partir de la vigencia de la nueva Ley de Presupuestos.
La Ley de Presupuestos de 2017 no supone ninguna novedad respecto de la Ley de Presupuestos anterior, ni modifica las normas de cotización durante la percepción de la prestación o subsidio de desempleo recogidas en la Orden de cotización (OM ESS/106/2017).