Disolución de pleno derecho de las sociedades no adaptadas a la Ley de Sociedades Profesionales

La disolución de pleno derecho de una sociedad con objeto profesional, por falta de adaptación a la L 2/2007 de Sociedades Profesionales, abre el período de liquidación durante el cual mantiene su personalidad jurídica, pudiendo la sociedad acordar su reactivación mediante un nuevo consentimiento contractual de todos los socios existentes en ese momento.