Amortización de acciones propias con devolución de aportaciones
En la reducción del capital por amortización de autocartera, aunque no exista propiamente una devolución de aportaciones dado que las acciones son en ese momento de la sociedad y no del socio, sí existe «devolución de aportaciones» en el sentido que se da a esta expresión en sede de reducción de capital y como una de las «modalidades» de contrapartida utilizadas. A estos efectos, es imprescindible que tanto en el acuerdo social como en el propio anuncio del acuerdo conste claramente si la finalidad de la amortización «comporta» devolución y derecho de oposición o por el contrario no «comporta» devolución y no existe derecho de oposición.