Existencia de riesgo durante la lactancia en trabajo sanitario de urgencia a turnos

Se modifica la doctrina de la carga de la prueba requiriéndose que la evaluación de riesgos recoja los riesgos específicos para la lactancia, no bastando con los riesgos genéricos del puesto de trabajo, salvaguardando así el derecho a la no discriminación por razón de género. Además en caso de trabajo a turnos o con horarios y jornadas que impidan la alimentación regular del menor, es necesario tomar en consideración las condiciones necesarias que permitan la extracción y conservación de la leche materna.