La aplicación de la teoría del paréntesis, exige que no exista voluntad de apartarse del mundo laboral por parte solicitante de la pensión de jubilación. Se entiende que se ha apartado del mismo y no se aplica a una trabajadora, que acredita una carencia genérica de 20 años, que no renovó la inscripción por desempleada durante períodos que suman en total 2 años y 9 meses y que no prueba la concurrencia de ninguna circunstancia especial (personal, familiar, de salud u otra índole) que pudiera justificar la omisión del trámite de inscripción.
La aplicación de la teoría del paréntesis, exige que no exista voluntad de apartarse del mundo laboral por parte solicitante de la pensión de jubilación. Se entiende que se ha apartado del mismo y no se aplica a una trabajadora, que acredita una carencia genérica de 20 años, que no renovó la inscripción por desempleada durante períodos que suman en total 2 años y 9 meses y que no prueba la concurrencia de ninguna circunstancia especial (personal, familiar, de salud u otra índole) que pudiera justificar la omisión del trámite de inscripción.
La aplicación de la teoría del paréntesis, exige que no exista voluntad de apartarse del mundo laboral por parte solicitante de la pensión de jubilación. Se entiende que se ha apartado del mismo y no se aplica a una trabajadora, que acredita una carencia genérica de 20 años, que no renovó la inscripción por desempleada durante períodos que suman en total 2 años y 9 meses y que no prueba la concurrencia de ninguna circunstancia especial (personal, familiar, de salud u otra índole) que pudiera justificar la omisión del trámite de inscripción.
La aplicación de la teoría del paréntesis, exige que no exista voluntad de apartarse del mundo laboral por parte solicitante de la pensión de jubilación. Se entiende que se ha apartado del mismo y no se aplica a una trabajadora, que acredita una carencia genérica de 20 años, que no renovó la inscripción por desempleada durante períodos que suman en total 2 años y 9 meses y que no prueba la concurrencia de ninguna circunstancia especial (personal, familiar, de salud u otra índole) que pudiera justificar la omisión del trámite de inscripción.
La aplicación de la teoría del paréntesis, exige que no exista voluntad de apartarse del mundo laboral por parte solicitante de la pensión de jubilación. Se entiende que se ha apartado del mismo y no se aplica a una trabajadora, que acredita una carencia genérica de 20 años, que no renovó la inscripción por desempleada durante períodos que suman en total 2 años y 9 meses y que no prueba la concurrencia de ninguna circunstancia especial (personal, familiar, de salud u otra índole) que pudiera justificar la omisión del trámite de inscripción.
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